Presenta Cabada, iniciativa de Ley para protección a los adultos mayores - Alex Linares

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martes, 17 de septiembre de 2019

Presenta Cabada, iniciativa de Ley para protección a los adultos mayores




Chilpancingo, Gro a 17 de septiembre de 2019. El diputado local por Morena, Marco Antonio Cabada Arias, presentó una iniciativa de Ley para adicionar tres párrafos que adiciona al artículo 123, la cual va enfocada a garantizar y mejorar la protección de los adultos mayores en Guerrero.

Cabada Arias, explicó a sus compañeros legisladores, que es lamentable el abandono que sufren los adultos mayores que padecen situaciones de salud en instituciones públicas como hospitales, asilos y clínicas, el cual es un fenómeno que cada vez se presenta con más frecuencia.

Aseguró que es más lamentable cuando los sujetos que lo llevan a cabo son familiares de la víctima, ya que este tipo de acciones no solo dañan a la familia, sino a la sociedad en general y debe ser sancionado teniéndolo por incapaz para adquirir herencia testamentaria o intestado de los bienes del pasivo, por ello en la presente iniciativa también se propone que el responsable será privado del derecho a la herencia del ofendido.

Los tres parrafos que se adicionan, son los siguientes :

Cuando el abandono a un adulto mayor de 65 años de edad o más, que se encuentre en una situación de enfermedad, o de incapacidad física que le impida cuidarse o alimentarse sea por parte de los descendientes consanguíneos en línea recta o cualquier otro familiar que conforme a la legislación civil tenga la obligación de cuidarlo, se aplicara la pena descrita en el párrafo anterior, así como la privación a la herencia del ofendido.

La misma pena se aplicara a quien teniendo el deber legal de cuidarlo lo confine a un asilo, casa hogar, estancia o cualquier institución pública o privada que proporcione cuidados geriátricos, y lo someta a condición de abandono al no proporcionar a este tercero los elementos necesarios de asistencia o cuando estos dejen de proveer lo necesario ante tal abandono, sin antes dar parte a las autoridades competentes.

El delito previsto en este artículo se perseguirá de oficio.

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